Cuestiones sobre el Crédito Documentario
Cuestiones sobre el Crédito Documentario
Varios son los motivos por los que un este tipo de crédito puede no cobrarse, pero también las distintas maneras existentes para evitar este riesgo. Cuando se habla de crédito documentario pensamos en una garantía total de cobro, y así es lo primero que se nos viene a la cabeza. Pero siendo un medio seguro conviene matizar dicha certeza. Por ello, te resolvemos las diferentes cuestiones sobre el crédito documentario.
¿Es posible que un crédito documentario no se cobre?
La respuesta es sí.
Veamos los motivos por los que ese crédito documentario puede no cobrarse, pero también las distintas maneras existentes para evitar este riesgo.
Habría una posibilidad de impago por causas ajenas a la propia operación comercial que ha motivado el crédito documentario. Por ejemplo cuando el banco emisor, del país del comprador, tenga problemas de liquidez o de solvencia incluso. Igualmente el riesgo país, restricciones en materia control de cambios (de movimientos de divisas), etc., que le impidan la entidad financiera emisora pueda cumplir con sus obligaciones.
Diferentes soluciones
La solución para el beneficiario (el exportador) es fácil. Cuando se negocie la forma de pago debe exigir que el crédito documentario sea confirmado por un banco español o por un banco internacional de primer orden. Esto significa que se hace responsable del pago ante exportador.
Mejor si fuese el propio banco del exportador-beneficiario quien lo confirme. Al estar el crédito confirmado puede evitar el impacto del riesgo del banco emisor (Riesgo Banco Extranjero) y del país donde radica dicho banco (Riesgo País).
Por otro lado, no se puede olvidar que en los créditos documentarios el comprador es el que fija los requisitos para que se efectúe el pago y estos requisitos siempre se concretan en la entrega de ciertos documentos y si estos no son exactos a los que solicita el importador el banco no efectuará el pago. Es lo que se llama una presentación con discrepancias.
Cuando el vendedor efectúa la presentación de documentos en el banco designado al efecto pueden surgir defectos de forma o fondo de los documentos. Muchos de estos defectos serán subsanables en un plazo dado para la presentación y otros no. El importador deberá decidir si levanta dichas discrepancias o no.
Es muy importante que se revise el crédito documentario por parte del exportador cuando se le notifica y compruebe que las exigencias son conformes. Así mismo es muy importante que se revisen exhaustivamente los documentos antes de su presentación al banco.
Con estas medidas precautorias el riesgo de impago será mucho menor.
Eugenio M. Gamito García, Empresario y Consultor Internacional y profesor del Máster en Compras, Logística y Supply Chain Management.